Día Mundial del Hábitat: Una fecha sin motivo de celebración para los inquilinos argentinos

Desde 1986, en cada 7 de octubre se reflexiona sobre el derecho básico de todas las personas a una vivienda digna. Es así que la Concejalía Popular de Rosario emitió un informe poco alentador sobre las condiciones que deben encarar los inquilinos a 9 meses de la derogación de la Ley de Alquileres. , "Se regulan situaciones que claramente son beneficiosas para la parte locadora, que puede imponer sus condiciones", subsumen en una de las frases más preocupantes del texto. Con la cancha inclinada en favor de los propietarios, quienes alquilan deben apelar a su cintura de negociadores con resultados que nunca están asegurados. Los números muestran que con la norma derogada por el megadecreto de Milei el encarecimiento de precios para alquilar viviendas hubiera sido menor.

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En el día establecido por la Naciones Unidas para reflexionar sobre el derecho básico de toda persona a acceder a una vivienda adecuada, la Concejalía Popular de Rosario emitió un informe sobre los primeros 9 meses del DNU 70/2023 que echó por tierra a la Ley de Alquileres. Al reflexionar sobre el derecho básico de todos a un techo digno, esta entidad ciudadana encontró que la libertad de mercado «ha sido un retroceso grave en materia de Derechos de acceso a la vivienda».

En el relevamiento difundido se enumeran las condiciones desfavorables que los inquilinos deben atravesar en clara desventaja frente a propietarios e inmobiliarias que pueden imponer sus condiciones. Por ejemplo, la extensión de los contratos que con la Ley 27551 era de 3 años (otorgando más previsibilidad a quienes pagan mensualmente para tener techo) ahora está librada a la negociación entre partes. Asimismo, hasta diciembre, no podía exigirse al inquilino como deposito en garantía un valor equivalente al del primer mes de contrato y que la parte locadora tendría que devolver ese importe actualizado al valor del último mes de locación al momento de la finalización del contrato. Actualmente el ese cobro es legal y, de acuerdo a un sondeo que realizó Edición Límite, común.

«La derogación de la Ley de alquileres y las modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación tienen impactos negativos sobre los derechos de las personas inquilinas y, en consecuencia, contradicen los estándares de derechos humanos sobre vivienda y hábitat digno»

La moneda de pago es otro escollo. Las disposiciones del Gobierno Nacional liderado por el «anarcocapitalista» Javier Milei establecen que el pago de la vivienda puede darse en cualquier moneda de curso legal que se convenga entre las partes. Antes debía ser en pesos y se estipulaba que las actualizaciones deberían realizarse en intervalos no inferiores a seis meses, aplicando el índice Casa Propia. Tras la sanción del megadecreto libertario se permite no sólo fijar el valor de los cánones locativos en moneda extranjera, sino también el cobro efectivo en billete extranjero y actualizar los valores en moneda extranjera.

Con esto en vista, desde la Concejalía plantearon el siguiente escenario. Si se firma un contrato a través del cuál una persona accede a abonar quinientos Dólares Estadounidenses mensuales y el ajuste es por IPC mensual, los valores en los primeros 6 meses de 2024 hubieran sido los siguientes: Enero 500USD; Febrero 542USD; Marzo 611USD; Abril 766 USD; Mayo 924 USD; Junio 1024 USD. «Una vez más, la libertad atenta contra los intereses de los inquilinos. El DNU crea una regulación de alquileres en beneficio de los propietarios y en detrimento de los derechos de las personas que alquilan. Alejándose por completo de principios internacionales», remarca el texto.

¿Cómo afectó la llegada de la libertad al precio de los alquileres?.-

Al panorama lo pintan con mayor precisión los números de la evolución de precios desde el primer mes de 2024 hasta el corriente. En la ciudad de Rosario, las actualizaciones trimestrales por IPC (Indice de Precios al Consumidor) hicieron que el alquiler de un monoambiente evolucionara de la siguiente manera: En enero 130.000 pesos; en abril trepó a 199.276 pesos; en julio llegó a 233.704 pesos mensuales para irse a 263.830 pesos en octubre.

En los mismo términos, un departamento de una habitación tuvo este desenlace: En enero 160.000 pesos; en abril se fue a 242.595; en julio a 287.636 pesos y en octubre a 324.714 pesos. Para acceder a un departamento de dos habitaciones un inquilino debió desembolsar en enero 200.000 pesos; en abril 303.244; en julio 359.545 pesos y en octubre 405.893 pesos.

«En todos los casos, las condiciones impuestas bajo el DNU, son más onerosas que las condiciones que establecía la normativa anterior en un rango que varía en un 7.65 por ciento y un 36.13 por ciento», subrayan desde la Concejalía. En paralelo, apuntan que «el único dato alentador» que trajo consigo el Decreto 70/2023 es el crecimiento del 100 por ciento de la oferta de viviendas para alquiler, según lo reconoció el Colegio de Corredores Inmobiliarios de Rosario. Pero esta entidad también reportó que “hay una baja sensible de los contratos de alquiler en el último tiempo” y apuntó que «la incapacidad de afrontar el alquiler de una unidad en soledad hizo que las personas se agruparan para poder pagar la renta.”

Por su parte, el Colegio de Corredores Inmobiliarios de Santa Fe (CCISF) de la primera circunscripción informa de un incremento de la morosidad y de las dificultades económicas para afrontar el pago en termino de los contratos de alquiler. En su informe de Julio de 2024 el CCI SF habla de una morosidad en el orden del 6.33 por ciento, porcentaje muy por encima de años anteriores exceptuando tiempos de pandemia.

La información que recogió la Encuesta Nacional Inquilina no son mejores: Más del 25 por ciento de los inquilinos consultados, manifestó que debió rescindir su contrato como consecuencia de los aumentos pactados contractualmente y que el 53.1 por ciento debió endeudarse durante 2024 para cumplir con el pago del alquiler.